La licencia de conducir
Clase “A”
Categoría I

Autoriza a conducir vehículos automotores de las categorías:

  • Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.

Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de mercancía.

 

 

Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro vehículo de la categoría:

  • Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)

O1

Remolques de peso bruto vehicular de 0,75 toneladas ó menos.

REQUISITOS:

1.- Edad mínima 18 años.
2.- Secundaria completa.
3.- Certificado médico de aptitud psicosomática.
4.- Certificado de aprobación del exámen de normas de tránsito ó presentar el Certificado de profesionalización del conductor.
Los Certificados de Profesionalización del Conductor a que se refiere el presente reglamento serán exigibles cuando se cuente con Escuelas de Conductores autorizadas por la Dirección General de Transporte Terrestre y éstas se encuentren en funcionamiento. En tanto ello ocurra este requisito para la obtención de la licencia de conducir será reemplazado por la evaluación teórica realizada por los centros de evaluación.”, de acuerdo a lo señalado en  la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del presente reglamento.
5.- Aprobar el exámen de manejo para la categoría.
6.- Pago por derecho de tramitación.