06.04.2009 23:34

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FONDO DE COMPENSACION

 Aportes del Gobierno Central   

   S/. 0 

 Donaciones de Procedencia Nacional   

   S/. 0 

 Donaciones de Procedencia Extranjera   

   S/. 0 

 Aportes de Aseguradoras   

   S/. 3,874,343 

 Indemnizaciones No Cobradas por   
 Falta de Deudos

   S/. 461,600 

 Multas por Infracciones en relación   
 con el SOAT (Convenio Fondo - SAT)

   S/. 2,144,462 

 Total Recursos   

   S/. 6,480,405 

 Coberturas 

 Casos
 Atendidos
 

 Importe
 Desembolsado
 

 Gasto Médico   

   1,754 

   S/. 4,463,017 

 Gasto de Sepelio   

   175 

   S/. 500,414 

 Totales   

   1,929 

   S/. 4,963,431 

www.mtc.gob.pe). 

 

1.- Nota de Interés

 

     En el 2005 el FONDO atendió 816 casos. Ante la mayor difusión de los beneficios que brinda esta institución, sostenida principalmente con los aportes de las aseguradoras que operan en el SOAT, desde el 1° de enero hasta el 15 de junio 2006 se han atendido 954 casos. Este hecho confirma la necesidad social de mantener este Seguro y su menoscabo podría afectar seriamente su aporte al sostenimiento del FONDO, afectando su funcionamiento y permanencia.

     El FONDO se instaló el 18 de junio del 2004 y comenzó a funcionar el 19 de julio de ese año. Funciona en las instalaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC.

     El Comité de Administración es el máximo órgano de esta institución está conformado por dos (2) representantes del MTC, dos (2) representantes de la APESEG y un (1) representante de la SBS. La Secretaría Ejecutiva se encarga de la administración del Fondo y del cumplimiento de su finalidad. La señora Carmen Salardi Bramont, funcionaria del MTC, es la actual Secretaria Ejecutiva.

     Ampara a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos que no han sido identificados y se hayan dado a la fuga en el momento del accidente, mediante el pago de las coberturas de gasto médico y gasto de sepelio, hasta por los importes de cobertura correspondientes al SOAT.

     Se entiende por gasto médico la atención pre-hospitalaria, los gastos de atención hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica, el transporte al lugar donde se recibirá la atención médica, hospitalaria y quirúrgica y otros gastos que sean necesarios para la rehabilitación de la víctima hasta cinco (5) UIT.= S/. 17,500.

     El gasto de sepelio, comprende el valor del féretro, carroza, nicho o tumba, hasta el valor de una (1) UIT = S/. 3,500.

     El Patrimonio del FONDO está formado por los aportes del Gobierno Central, de Aseguradoras (un porcentaje de la prima neta), Donaciones de Procedencia Nacional, Donaciones de Procedencia Extranjera, Monto de las Multas que se Impongan por Infracciones Relacionadas con el SOAT, así como Indemnizaciones no Cobradas por Falta de Beneficiarios de la Víctima Fallecida, una vez transcurrido el plazo de prescripción establecido de dos años.

     Aportes al FONDO al 15 de Junio de 2006:

 



     Desde Julio 2004 hasta el 15 de Junio 2006, el FONDO ha atendido:

 



     Al 15 de Junio del 2006, el Fondo tiene un Saldo de S/. 1,516,974 

2.- Procedimiento para Atención de Casos

 

 

     Inmediatamente ocurrido el hecho, el establecimiento de salud y/o la persona interesada deberá llamar a los teléfonos:

01-6191122 (central SALUTIA, las 24 horas del día, los 365 días del año).

01-3157890 (directo del Fondo de Compensación del SOAT de lunes a viernes de 08:45 a.m a 16:45 p.m.).

     Para la expedición de la "Constancia de Auditoría" correspondiente, la cual deberá ser llevada por el agraviado y/o familiares a la Oficina de Atenciones del Fondo ubicado en Jirón . Zorritos N° 1203, Cercado de Lima, conjuntamente con los requisitos indicados en el punto 2.

     Si el accidente hubiese ocurrido en el provincias, se enviara los documentos vía fax al teléfono del Fondo, con cargo que en la facturación se envié los originales.

     Las facturas se emitirán a nombre del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Jr. Zorritos N° 1203, Cercado de Lima, RUC 20131379944.

     En la página web del ministerio se encuentra más información respecto al Fondo de Compensación del SOAT (

3.- Requisitos para Acceder al Fondo

 

Requisitos para Acceder a los Gastos Médicos:

Copia del DNI de la Victima y del Solicitante

Copia de la partida que acredite el parentesco con la victima o del documento que acredite la representación.

Copia Certificada de la Denuncia Policial o Atestado Policial.

Certificado Médico y/o Copia de la Historia Clínica.

Copia de la Constancia de Auditoría Médica.

Originales de los Comprobantes de Pago que acredite los gastos médicos en que se haya incurrido.

Estos gastos se pagaran mediante reembolso o directamente a establecimiento hospitalario que atendió a la víctima.

Requisitos para Acceder a los Gastos de Sepelio:

Copia del DNI del solicitante.

Copia de la partida de matrimonio o nacimiento que acredite el parentesco con la victima.

Copia Certificada de la Denuncia Policial o Atestado Policial.

Certificado Médico.

Copia del Certificado de Necropsia.

Partida de Defunción.

Comprobantes de pago originales que acrediten los gastos de sepelio.

     Los Beneficios únicamente, podrán ser reclamados dentro del plazo de cuatro (4) meses, desde de la fecha de ocurrencia del accidente de tránsito que consta en la Denuncia o Atestado Policial.

     El Fondo de Compensación del SOAT, no cubre indemnizaciones por incapacidad temporal, invalidez permanente o muerte.

 

 

 

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Contacto

ALPAMT S.A.C.